Términos y Condiciones - Vinculación Clientes Costa Rica

AVISO LEGAL

TransUnion COSTA RICA S.A. (en adelante “TransUnion®”) ha dispuesto el presente aviso legal con el objetivo de informarle a los interesados (personas jurídicas) en usar los productos y/o servicios que ofrece TransUnion® lo que deben tener en cuenta antes de aceptar los Términos y Condiciones aquí plasmados:

1. Los presentes Términos y Condiciones regulan la relación contractual entre TransUnion® y la persona jurídica (en adelante “El Cliente”) para usar los productos y/o servicios ofrecidos por TransUnion®;

2. Se solicita a El Cliente leer con atención los Términos y Condiciones y en caso de estar de acuerdo firme la carta de aceptación de los mismos en el anexo tarifario. Mediante la firma Anexo Tarifario se entenderá que El Cliente está de acuerdo en su integridad con los presentes Términos y Condiciones.

3. La aceptación de los Términos y Condiciones por parte de El Cliente se realizará mediante firma digital de conformidad con lo indicado en la Ley 8454 “Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos”. El Cliente de forma libre y voluntaria está de acuerdo y manifiesta su consentimiento para firmar la aceptación mediante un medio no convencional de contratación, el cual tiene la misma fuerza probatoria otorgada a los actos bajo firma privada, basado en el principio de la autonomía de la voluntad y de la libre contratación, así como las disposiciones de la Ley referida.

4. TransUnion® se reserva el derecho de dar por terminada de manera inmediata la relación contractual que resulte de la aceptación de los presentes Términos y Condiciones, en aquellos casos en los que la persona que firme la aceptación de los mismos, así como todos los documentos asociados a éstos, no ostente la calidad de represente legal o apoderado de El Cliente, o no cuente con las suficientes facultades para celebrar y ejecutar actos que vinculen a El Cliente en el momento de la firma.

5. Proteger su privacidad es muy importante para TransUnion®. Revise nuestra Política para el Tratamiento de Datos Personales disponible en Política de Privacidad para conocer nuestro compromiso de mantener su privacidad, así como el uso y divulgación de su información.

Consideraciones Preliminares

1. Que TransUnion®, administra bases de datos personales en los términos de la Ley No. 8968 de 2011 y el Reglamento No. 37554-JP, y presta servicios de información de carácter comercial y crediticia, y en general datos de interés público contenidos en un repositorio, utilizados para el análisis de perfiles crediticios, basados en una fuerte plataforma tecnológica y regida por el principio de buena fe.

2. Cada Parte declara que la persona que firma en nombre de cada una los documentos relacionados con los presentes Términos y Condiciones es su representante legal o apoderado por lo que tiene suficientes facultades para celebrar y ejecutar las obligaciones contenidas en los siguientes:

Términos y Condiciones Generales

Artículo 1. Objeto:  

Los presentes Términos y Condiciones (en adelante “T&C”) regulan la relación entre TransUnion® y El Cliente para la prestación del servicio, consistentes en brindar información de carácter comercial y crediticia, y en general datos de interés público contenidos todos en un repositorio de Transunion®, utilizados para el análisis de perfiles crediticios, basados en una fuerte plataforma tecnológica, y regida por el principio de buena fe. En desarrollo de este objeto, El Cliente:

  • Párrafo I: En el documento denominado “Carta de Aceptación de Términos y Condiciones”, “Oferta Comercial” o el que haga sus veces, que hace parte integral de los presentes T&C, Las Partes acordarán las especificaciones en relación con los servicios y productos objeto de los T&C para el caso particular de El Cliente. De acuerdo con lo anterior, serán aplicables a El Cliente las estipulaciones y obligaciones de los T&C relacionadas con la consulta y/o el reporte de información que correspondan con el tipo de servicios y productos indicados en la “Carta de Aceptación de Términos y Condiciones” o en la Oferta Comercial respectiva según el caso. El “anexo tarifario”, oferta comercial o el que haga sus veces, hace parte integral de este contrato.
  • Párrafo II:El Cliente entiende y acepta que por el simple hecho de que un servicio o producto se encuentre enlistado en los Anexos Tarifarios presentados por TransUnion®, esto no genera una obligación para esta última de activarlos o ponerlos a su disposición. TransUnion® se reserva el derecho de permitir o no el uso de sus productos, servicios y herramientas.

Artículo 2. Obligaciones de El Cliente.

El Cliente se responsabiliza por las siguientes obligaciones:

1. El Cliente manifiesta y reconoce que el uso que le está permitido de la información obtenida de TransUnion®, será única y exclusivamente para actividades lícitas y de índole comercial y/o crediticias, por lo que queda en este acto total y expresamente prohibido a El Cliente utilizar los servicios de TransUnion® y la información extraída de está para usos diferentes a lo aquí establecido.

2. El Cliente reconoce y acepta que TransUnion® es propietario de la base de datos y el software que contiene la información proporcionada, por lo que no podrá por sí o por interpósita persona, reproducir, distribuir, vender o en cualquier forma utilizar u obtener beneficio económico de dicha información. El Cliente no realizará ni permitirá que se realice ingeniería reversa, desmontaje o descompilación de la base de datos ni del programa de software. 

3. Restringir el acceso que su personal puede tener al sistema de TransUnion®, obligándose a mantener únicamente personal autorizado al frente de la manipulación de los datos de este. Por lo que se incluye como Firmas autorizadas y usuarios del cliente  parte integral de este contrato la lista de personas que El Cliente autoriza a tener acceso al sistema de TransUnion®. Este listado puede ser modificado mediante solicitud en el formato para tal fin, dirigida a TransUnion®, a los canales establecidos.

4. Únicamente el personal autorizado por El Cliente, y que efectivamente se encuentre laborando para ella, será el que conozca y que pueda utilizar la clave de acceso y el identificador asignado por TransUnion®. Por lo que, en caso de que algún miembro de dicho personal autorizado dejase de laborar para El Cliente, o fuere desautorizado por ella para seguir manejando el sistema, ésta deberá de gestionar inmediatamente el cambio de la clave e identificador.

5. Cancelar puntualmente los montos respectivos, según lo pactado en concepto del uso y disfrute que haga del sistema de TransUnion®.

6. Disponer de los medios técnicos necesarios para efectuar los reportes de información a TransUnion® y para acceder a la información requerida en virtud del presente contrato. La Entidad será responsable de los costos, disponibilidad, desempeño, redes, servidores y otros dispositivos requeridos para tener acceso a los servicios de TransUnion®.

7. Implementar políticas de seguridad de la información que garanticen el adecuado uso de la información de los titulares, principalmente respecto a los usuarios y claves de consulta generados para acceder a la información que administra TransUnion®. La no observancia de esta obligación constituirá incumplimiento grave al presente contrato.

8. Responder ante el titular de la información y/o TransUnion® por los daños y perjuicios que ocasione como consecuencia del incumplimiento de cualquiera de los deberes u obligaciones a su cargo contenidos en la Ley y en el presente contrato.

9. Permitir la realización de auditorías y de ser necesario, el acceso a sus instalaciones del personal designado por TransUnion®, con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por La Entidad en virtud del presente contrato.

10.  No vender o distribuir los Productos o las informaciones contenidas en los Productos a terceros.

11. Adoptar todos los procesos razonables en relación a sus empleados, usuarios y clientes para garantizar que los productos no sean mal utilizados, robados o apropiados indebidamente de cualquier forma, y específicamente que ninguno de ellos copie, almacene, retenga en forma legible por cualquier vía, los productos suministrados por TransUnion®;

12. No estará interesado directa o indirectamente, en la producción o distribución de cualquier servicio que compita con los servicios provistos por TransUnion®;

13. No producirá cualquier anuncio público ni publicará cualquier material que haga referencia a TransUnion® o sus Productos sin el permiso previo y expreso por escrito de TransUnion®;

14.  No usará de cualquier forma que sea, cualesquier nombre o marca de TransUnion®, excepto con permiso previo y expreso por escrito de TransUnion®, lo que no es concedido mediante la aceptación de los T&C.

15.  Será responsable por las violaciones a la Ley 8968 de 2011 y el Reglamento No. 37554-JP, sobre protección de datos de carácter personal, que pudieran ocasionar sus representantes, usuarios autorizados, agentes, empleados, funcionarios o relacionados. 

16. Implementar políticas de seguridad de la información que garanticen el adecuado uso de la información de los titulares, principalmente respecto a los usuarios y contraseñas de consulta y/o reporte según corresponda los servicios contratados, generados para acceder a la información que administra TransUnion®. La no observancia de esta obligación constituirá incumplimiento grave a los T&C.

17. Prestar a TransUnion® toda la colaboración que sea necesaria para la debida atención de cualquier acción judicial o extrajudicial en su contra, que se presenten con ocasión de la relación existente entre Las Partes en virtud de los T&C.

18. Cumplir y dar estricto cumplimiento a las demás obligaciones que se deriven del presente contrato y los productos y servicios ofrecidos por TransUnion®, así como de las normas constitucionales y legales relacionadas, incluyendo las que resulten aplicables para el caso particular de El Cliente en especial las que regulan el derecho de Hábeas Data y las normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.

  • Párrafo I: Está totalmente prohibido para El Cliente:

1. Comercializar, distribuir o vender, duplicar, total o parcialmente, en medios magnéticos o de cualquier tipo, propios o ajenos, tanto el software, como la información contenida en TransUnion®.

2. Utilizar la información proporcionada por TransUnion® y en general fórmulas, algoritmos, o procedimientos inherentes al negocio de TransUnion®, de cualquier manera, para el desarrollo de productos o servicios para el uso o beneficio de terceros.

3. Utilizar la información de TransUnion® de manera total o parcial, mediante el uso de bases de información, software o aplicativos internos de El Cliente, para gestionar riesgos de terceros.

4. Comercializar, duplicar, total o parcialmente, en medios magnéticos o de cualquier tipo, propios o ajenos la información de titulares con terceras empresas.

5. Utilizar las informaciones de los Productos para violar o amenazar intereses de terceros.

6. Emplear las informaciones de los Productos para fines ilícitos.

7. Usar de cualquier forma que sea, cualesquier nombre o marca de TransUnion®, excepto con permiso previo y expreso por escrito de TransUnion®, lo que no es concedido mediante la aceptación de los T&C.

  • Párrafo II: El incumplimiento de esta cláusula contractual, facultara a TransUnion® para rescindir inmediatamente este Contrato, así como ejercer las acciones legales correspondientes respecto a la protección de sus intereses, así como principios y derechos constitucionales derivados de la información entregada, y para resarcirse de los daños y perjuicios en caso de que se produzcan a los individuos objeto de estudio como a TransUnion®, razón por la cual El Cliente en este acto, entiende y acepta la seriedad y la confidencialidad que requiere la manipulación y divulgación de los datos obtenidos de TransUnion®
  • Párrafo III: TransUnion® podrá repetir contra El Cliente por los valores que tenga que pagar y los costos y gastos en que incurriere, siempre que se vea obligada al pago de indemnizaciones de perjuicios como consecuencia del incumplimiento por parte de El Cliente de los deberes y obligaciones a su cargo, derivados de la normatividad aplicable y/o de los T&C.

Artículo 3. Obligaciones de TransUnion:

En desarrollo de los T&C, TransUnion® se obliga a:

1. Suministrar a El Cliente una identificación o ID la cual TransUnion® garantiza que será única en el sistema y una (s) clave (s) de acceso, que El Cliente podrá cambiar desde su computador, cada vez que así lo estime conveniente, en aras de garantizarse confidencialidad absoluta.

2. Brindarle mediante su departamento de servicio al cliente la información y/o ayuda necesaria a efectos de que esta obtenga correcta utilización del sistema.

3. Brindar la capacitación del sistema a los usuarios que indique El Cliente, a través de los canales, metodologías y frecuencias que TransUnion® tenga disponibles.

4. Asignarle un ejecutivo, quien será la persona encargada de auxiliarle y asesorarle en las materias relacionadas con los servicios.

Artículo 4. Entrega de información de El Cliente:

El Cliente además entregará a TransUnion® la información concerniente al estado de cumplimiento de sus sujetos de crédito que incluirá un detalle de los clientes al día, en mora, en cobro judicial o incobrables. La entrega de la información crediticia le dará acceso a El Cliente a la información de clientes que conste en el repositorio o base de datos de TransUnion® que proviene de otras fuentes que no son El Cliente.

Artículo 5. Obligaciones de El Cliente para la entrega de información: 

El Cliente entregará la información referida en la cláusula anterior, de acuerdo con los siguientes lineamientos:

1. El Cliente acuerda entregar dicha información generalmente en los próximos 5 días hábiles posteriores al cierre mensual. Para facilitar la transmisión de la información, así como su integridad, autenticación, y no repudio, lo hará mediante un canal seguro en Internet hacia nuestro sitio web (HTTPS, encriptado y certificación de conexión) o nuestro SFTP (encriptado y certificación de conexión) y TransUnion® acuerda a cargarla en los próximos 5 días hábiles de recibida.  El Cliente deberá entregar la información en un formato de archivo plano(.txt) con las variables definidas y estandarizadas por TransUnion® y ambos deberán velar por que la información sea completa, actualizada, verídica y suficiente.

2. El Cliente deberá solicitar a sus clientes la firma de una cláusula de autorización, en la cual establezcan que la información que han suministrado es verídica y que dan su consentimiento expreso e irrevocable a El Cliente, para que informe, reporte o divulgue la información de interés público proporcionada, a TransUnion® con el fin de que ésta última pueda tratar la información, analizarla, clasificarla y luego suministrarla terceros. Asimismo, que autoricen a El Cliente a consultar, en cualquier tiempo, en TransUnion® toda la información referida anteriormente para conocer su desempeño como deudor.

3. En caso de existir alguna duda o inexactitud en algún dato dado por El Cliente, esta deberá darlo a conocer a TransUnion® para que sea actualizado en su repositorio.

Artículo 6. Acuerdos de TransUnion® con relación a la información entregada por El Cliente:

1. TransUnion® tendrá derecho a organizar, sistematizar y presentar la información que reciba de parte de El Cliente de una manera coherente de acuerdo con los servicios que TransUnion® presta, y acuerda incorporar dicha información dentro de su base de datos. TransUnion® nunca modificará el contenido de la información y desplegará la información en los estudios de crédito solicitados por sus clientes.

2. Adicionalmente, TransUnion® se compromete a resguardar la información de El Cliente bajo estrictas normas de seguridad y confidencialidad.  Para esto, TransUnion® dispondrá de firewall, software de encriptación, acceso restringido al área de sistemas, contrato de confidencialidad con los empleados de sistemas y será sometida anualmente a auditorias de seguridad por TransUnion® Internacional.

Artículo 7. Información correspondiente al comportamiento crediticio de El Cliente:

Mediante la suscripción del presente contrato El Cliente autoriza expresa e irrevocablemente a TransUnion® a consultar, solicitar, suministrar, reportar, procesar, divulgar y eliminar toda la información de El Cliente, que se refiera a su comportamiento crediticio, financiero, comercial y de servicios, lo anterior implica que el comportamiento presente y pasado de El Cliente permanecerá reflejada en las bases de datos correspondientes con el objeto de suministrar  información suficiente y adecuada al mercado sobre el estado de sus obligaciones financieras, comerciales, crediticias y de servicios. En consecuencia, quienes se encuentren vinculados a TransUnion® y que tengan acceso a sus bases de datos tendrán acceso a la información del comportamiento del pago de las facturas de El Cliente.

Artículo 8. Uso Exclusivo de la Información:

El Cliente se compromete a utilizar la información suministrada por TransUnion®, única y exclusivamente de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley No. 8968 de 2011 y el Reglamento No. 37554-JP, en el entendido de que El Cliente será exclusivamente responsable por cualquier uso indebido que sea dado a dicha información por ella, sus agentes, representantes, empleados, u otros.

  • Párrafo I: Al mismo tiempo, El Cliente declara y reconoce que la veracidad de la información recopilada y contenida en los Productos suministrados por TransUnion®, es de exclusiva responsabilidad de El Cliente que le suministre dicha información a TransUnion®.

Artículo 9. Autorización para solicitar servicios o productos:

El representante legal de El Cliente podrá autorizar a las personas naturales que estime convenientes para que, en nombre de ésta, soliciten a TransUnion® la prestación de servicios o la entrega de los productos determinados en la cláusula primera de los T&C, mediante el diligenciamiento y firma del formato Formulario de Contactos y usuarios o el que sea establecido por TransUnion® para las mismas finalidades. En virtud de dicha autorización, las personas señaladas quedan plenamente autorizadas y sin limitación alguna para este efecto. Cuando El Cliente requiera cambiar o incorporar nuevos funcionarios autorizados, el representante legal deberá informar de tal circunstancia a TransUnion® mediante el diligenciamiento y actualización oportuna de dicho formato. 

  • Párrafo I: El Cliente deberá mantener actualizada en TransUnion® la información relacionada con el cambio de sus representantes legales, correos electrónicos autorizados, cambio de domicilio, entre otras. 

Artículo 10. Manejo de Identificaciones TransUnion®:

Para el acceso a la información y/o servicios contratados, TransUnion® asignará a El Cliente las identificaciones, códigos o claves/contraseñas de acceso a TransUnion® que ésta requiera, previo diligenciamiento de los formatos o a través de los mecanismos establecidos para el efecto. El Cliente se obliga a garantizar el buen uso y manejo de las identificaciones, códigos y claves/contraseñas entregadas por TransUnion®, para el acceso a los servicios contratados.  TransUnion® no tendrá responsabilidad alguna sobre la verificación del vínculo laboral o contractual que exista entre El Cliente y las personas naturales a quienes solicite que se les asigne un usuario de consulta. El Cliente deberá reportar a TransUnion® oportunamente todas las novedades que impliquen una modificación, suspensión y/o bloqueo de los usuarios asignados.

Las Partes acuerdan expresamente que una vez TransUnion® suministre a El Cliente tales identificaciones, códigos o claves de acceso a TransUnion®, El Cliente será la única responsable por su uso y manejo, teniendo en cuenta que, en adelante, todos los accesos a la información y/o servicios que se realicen desde sus usuarios se entenderán para todos los efectos realizados por El Cliente bajo su exclusiva responsabilidad. El Cliente deberá mantener capacitado a su personal sobre el adecuado manejo de los usuarios, identificaciones, códigos y claves de acceso a TransUnion®. Estará bajo responsabilidad de El Cliente el desarrollo adecuado de las actividades de autogestión de usuarios que sean habilitadas por TransUnion®, dando cumplimiento a las indicaciones y condiciones establecidas por TransUnion® para el efecto.

Adicionalmente TransUnion® se reserva el derecho de solicitar en un Anexo integral que hace parte de los T&C, la implementación por parte de El Cliente de políticas, reglas y procedimientos específicos en materia de seguridad de la información, alineados con las mejores prácticas de seguridad internacionales, como requisito previo para su acceso a los diferentes productos, servicios y herramientas.

Artículo 11. Indemnidad:

El Cliente y TransUnion® se exoneran mutuamente de responsabilidad por los daños y perjuicios que se originen a consecuencia del uso de la información "Bona Fide" en los Productos suministrados por TransUnion® a El Cliente. Asimismo, El Cliente deberá indemnizar a TransUnion® de y contra cualquier y toda pérdida, costos, encargos, reclamos, gastos, obligaciones, exigencias, procesos y acciones judiciales que pueda sufrir, incurrir o ser sujeta TransUnion®, como resultado de, o provocado por, o relacionado a cualquier violación a lo pactado en los T&C de parte de El Cliente, incluyendo, pero sin limitarse a las siguientes:

1. Conducta que implique negligencia.

2. Inexactitud, falsedad o violación de declaración o representación.

3. Cualquier violación de una norma jurídica.

4. Cualquier daño ocasionado o derivado de las actuaciones u omisiones de sus empleados o dependientes.

5. Cualquier monto, incluyendo impuestos, intereses y multas.

6. Cualquier tipo de reclamación presentada por terceros y/o relacionada con vulneraciones a la seguridad de la información, en los términos de los T&C.

Artículo 12. Modificaciones:

En el evento en que TransUnion® considere necesario efectuar alguna modificación respecto de alguna de las condiciones de los T&C y de sus anexos o de las condiciones del servicio y/o productos que consume El Cliente que fueron previamente acordadas, comunicará a El Cliente las modificaciones a realizar, con una antelación de por lo menos un (1) mes a la entrada en vigencia de los cambios. En el evento de no estar de acuerdo con las modificaciones, El Cliente deberá manifestar por escrito su no aceptación antes del vencimiento del término para la entrada en vigencia de la modificación correspondiente, caso en el cual, cualquiera de Las Partes podrá dar por terminado la vigencia de los T&C para la respectiva Entidad. El Cliente manifiesta expresamente que su silencio deberá ser entendido como aceptación de dichas modificaciones. No será necesaria la comunicación previa en los términos de la presente cláusula si la modificación es requerida para el cumplimiento del régimen legal aplicable.

Para el acceso a la información y/o servicios contratados, TransUnion® asignará a El Cliente las identificaciones, códigos o claves/contraseñas de acceso a TransUnion® que ésta requiera, previo diligenciamiento de los formatos o a través de los mecanismos establecidos para el efecto. El Cliente se obliga a garantizar el buen uso y manejo de las identificaciones, códigos y claves/contraseñas entregadas por TransUnion®, para el acceso a los servicios contratados.  TransUnion® no tendrá responsabilidad alguna sobre la verificación del vínculo laboral o contractual que exista entre El Cliente y las personas naturales a quienes solicite que se les asigne un usuario de consulta. El Cliente deberá reportar a TransUnion® oportunamente todas las novedades que impliquen una modificación, suspensión y/o bloqueo de los usuarios asignados.

Las Partes acuerdan expresamente que una vez TransUnion® suministre a El Cliente tales identificaciones, códigos o claves de acceso a TransUnion®, El Cliente será la única responsable por su uso y manejo, teniendo en cuenta que, en adelante, todos los accesos a la información y/o servicios que se realicen desde sus usuarios se entenderán para todos los efectos realizados por El Cliente bajo su exclusiva responsabilidad. El Cliente deberá mantener capacitado a su personal sobre el adecuado manejo de los usuarios, identificaciones, códigos y claves de acceso a TransUnion®. Estará bajo responsabilidad de El Cliente el desarrollo adecuado de las actividades de autogestión de usuarios que sean habilitadas por TransUnion®, dando cumplimiento a las indicaciones y condiciones establecidas por TransUnion® para el efecto.

Adicionalmente TransUnion® se reserva el derecho de solicitar en un Anexo integral que hace parte de los T&C, la implementación por parte de El Cliente de políticas, reglas y procedimientos específicos en materia de seguridad de la información, alineados con las mejores prácticas de seguridad internacionales, como requisito previo para su acceso a los diferentes productos, servicios y herramientas.

Artículo 13. Cuantía:

La cuantía de la relación contractual de El Cliente con TransUnion® establecida mediante la aceptación de los T&C por parte de El Cliente es indeterminada. Su determinación dependerá de los servicios prestados por TransUnion® a El Cliente durante el periodo correspondiente y de las tarifas convenidas.

Artículo 14. Tarifas:

Las tarifas a pagar por la utilización de los servicios objeto de los T&C son las establecidas en el “Anexo de Tarifasu “Oferta Económica”, las previstas para los productos o servicios incorporados con posterioridad a la celebración de los T&C mediante las Ofertas presentadas por TransUnion®, o aquellas que sean aceptadas por El Cliente.

  • Parágrafo Primero: Si El Cliente inicia el reporte mensual de la información originada en las relaciones con sus clientes de manera continua dentro de los primeros cuatro (4) meses de vigencia de los T&C luego de su aceptación, tendrá el beneficio de disminución del 25% de la tarifa unitaria por producto. Lo anterior se mantendrá, siempre y cuando El Cliente realice el reporte de manera continua. En caso de que no se inicie el reporte conforme a lo descrito previamente o que el reporte no sea continuo, TransUnion® no otorgará y/o retirará el beneficio y mantendrá la tarifa plena inicialmente pactada.
  • Parágrafo Segundo: TransUnion® reajustará de manera automática las tarifas de la totalidad de los servicios prestados a El Cliente a partir del primero (1°) de enero de cada año. Este aumento será igual al incremento del Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.) para el año calendario inmediatamente anterior. En virtud de esta cláusula, El Cliente acepta expresamente las condiciones de incremento referidas sin necesidad de comunicación o notificación previa.
  • Parágrafo Tercero: Cuando por razones diferentes a la descrita en el parágrafo anterior, TransUnion® considere necesario efectuar un aumento en las tarifas, informará de tal circunstancia a El Cliente, con por lo menos un (1) mes de anticipación a la entrada en vigencia de las mismas. El Cliente deberá manifestar por escrito su decisión de no aceptar la modificación tarifaria antes del vencimiento del término para su entrada en vigencia. El Cliente acepta que su silencio, deberá ser entendido como aceptación. En el caso en que no sea aceptada dicha modificación tarifaria por El Cliente, TransUnion® podrá dar por terminado unilateralmente los presentes T&C, sin sanción o penalidad alguna.
  • Parágrafo Cuarto: Las Partes acuerdan que en el evento en que El Cliente requiera modificaciones o desarrollos adicionales en relación con los productos o servicios prestados por TransUnion®, dichas modificaciones o desarrollos serán facturados de manera independiente al consumo en los términos convenidos entre Las Partes. Cuando no exista acuerdo especial de Las Partes, El Cliente deberá pagar tales modificaciones o desarrollos contra entrega.

Artículo 15. Facturación electrónica:

Las Partes, acuerdan que con la firma de la aceptación de los T&C El Cliente acepta la facturación electrónica, de tal manera que permitirá a TransUnion® utilizar la facturación electrónica para la expedición, entrega, aceptación, conservación y exhibición de la misma conforme al decreto DGT-R 48/2016 de facturación electrónica. 

Artículo 16. Forma de Pago:

Los pagos correspondientes deberán ser realizados por El Cliente dentro de los ocho días naturales siguientes a la fecha de recibo de la respectiva factura mediante trámite de cheque y/o depósito bancario en las cuentas que TransUnion® le indique. El Cliente deberá hacer llegar a TransUnion® por fax, correo, o personalmente la copia de dicho depósito. Los pagos podrán realizarse de acuerdo a los siguientes formas:

Si una factura no es pagada en el término de treinta (30) días a partir de la fecha de la factura, se cobrará a El Cliente un cargo de financiamiento del uno por ciento (1%) por mes o fracción de mes, más una penalidad por mes o fracción del tres por ciento (3%) sobre el balance pendiente de pago. 

  • Parágrafo Primero: Transcurridos estos treinta (30) días el acceso a los servicios serán suspendidos a El Cliente. TransUnion® se reserva el derecho de rescindir los T&C sin estar obligada al previo aviso cuando exista factura sin pagar con más de treinta (30) días de antigüedad y se reserva el derecho de restablecer los servicios acordados en los T&C, cuando El Cliente satisfaga los balances pendientes con TransUnion®. No obstante, El Cliente incurrirá en un cargo adicional por restablecimiento de los servicios.
  • Parágrafo Segundo: Los T&C debidamente aceptados y todas las facturas de cobro emitidas por TransUnion® prestarán mérito ejecutivo. Para lo anterior, las facturas de cobro de pago anual anticipado se vencerán una vez hayan transcurrido siete (7) días calendario contados a partir de la fecha de su emisión a El Cliente sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno para constituirla en mora. Por su parte, las facturas de cobro de pago mes vencido se vencerán una vez hayan transcurrido treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de su emisión a El Cliente sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno para constituirla en mora. Todos los honorarios, costos y gastos en que deba incurrir TransUnion® para obtener el pago de las facturas, extrajudicial o judicialmente, estarán a cargo de El Cliente.}
  • Parágrafo Tercero: El Cliente reconoce que será de su exclusiva responsabilidad controlar el consumo que realice en los diferentes productos de TransUnion® independientemente del plan contratado. En el evento en que El Cliente se exceda en el consumo contratado deberá pagar todo lo que efectivamente haya consumido.
  • Parágrafo Cuarto: Las Partes estipulan que todo cambio a los servicios, precio y/o alcances del presente instrumento diferentes al descrito en la cláusula decima primera, Parágrafo segundo, deberán ser objeto de un anexo a los T&C firmado por ambas Partes. La circunstancia de no existir acuerdo en cuanto al alcance de la revisión de precios facultará a las Partes para dar término anticipado a los T&C, siempre que se notifique en forma fehaciente, expresa respecto de la causa y por escrito a la otra dicha decisión, con una antelación de noventa (90) días corridos, continuando vigente el canon mensual pautado durante el plazo de preaviso.

Artículo 17. Exención de Responsabilidad: 

TransUnion® desplegará sus mejores esfuerzos con vistas a proveer a El Cliente los Productos solicitados por éste. Sin embargo, El Cliente reconoce y acepta que TransUnion® no será responsable por los retrasos o fallas en la entrega de tales Reportes o en el cumplimiento de las obligaciones de TransUnion® en virtud de los T&C, cuando se trate de causas de fuerza mayor, caso fortuito, hecho imprevisible o por cualquier causa fuera o más allá del control de TransUnion®.

Así mismo, El Cliente acepta y reconoce que la información contemplada en los Productos contratados son informaciones compuestas y suministrada por clientes aportantes de TransUnion®, por lo que exonera a TransUnion® de cualquier discrepancia, inexactitud, error o falla en la información suministrada. Al mismo tiempo, El Cliente renuncia expresa y formalmente al ejercicio de cualesquiera acciones o demandas a los fines de la reclamación de daños y perjuicios como consecuencia del suministro por parte de TransUnion® de la información contenida en sus Productos u otras otorgadas bajo la ejecución o en virtud de los T&C.

En caso que haya divergencia o controversia en torno a la veracidad o exactitud de una información suministrada, la parte que descubra tal error u ocasión de disputa deberá hacer todas las diligencias necesarias a fin de que TransUnion® pueda enmendar el(los) error(es) o conozca de la controversia.

Artículo 18. Vigencia y terminación anticipada de los T&C:

Los presentes T&C tendrá una vigencia de un (1) año contado a partir de la fecha de suscripción y se prorrogará automáticamente por periodos iguales y sucesivos, a menos que alguna de las partes le comunique a la otra la intención de no prorrogarlo, con una antelación no menor de 30 días a la fecha de terminación de los T&C.

Parágrafo Único: Después de la primera vigencia, cualquiera de Las Partes podrá dar por terminado la vigencia de los T&C para la respectiva Entidad en cualquier momento, mediante comunicación escrita enviada a la otra Parte con al menos sesenta (60) días calendario de anticipación a la fecha en que quiera darlo por terminado, sin que este hecho genere ninguna clase de sanción o penalidad.

Sin perjuicio de lo anterior, Las Partes podrán acordar en los Anexos Tarifarios u Ofertas Comerciales correspondientes disposiciones especiales en relación con la posibilidad de terminación anticipada de la vigencia de los T&C para la respectiva Entidad, casos en los que, durante la vigencia especifica acordada por Las Partes, prevalecerá lo establecido al respecto en los Anexos Tarifarios u Ofertas Comerciales.

Artículo 19. Causales de terminación anticipada de los T&C

Las Partes podrán terminar la relación contractual establecida mediante la aceptación de los presentes T&C en cualquier tiempo, sin necesidad de requerimiento previo, en los siguientes casos:

1. Por mutuo acuerdo entre Las Partes.

2. Por incumplimiento de la Otra Parte de las obligaciones contraídas en virtud de los T&C.

3. Por las causales establecidas en la Ley.

4. Se verifique que la Otra Parte está dándole tratamiento a la información sin estar autorizada conforme a la normatividad aplicable y/o para propósitos que no fueron autorizados. 

5. En caso de liquidación obligatoria, judicial o voluntaria de alguna de Las Partes, siempre que la Ley así lo permita.

6. No se logre ubicar por ningún medio de notificación a alguna de Las Partes.

7. Alguna de Las Partes incumpla cualquiera de las obligaciones previstas en la Ley No. 8968 de 2011 y el Reglamento No. 37554-JP y las normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.

8. TransUnion® encuentre que después de ejecutadas las auditorías a El Cliente para verificar el cumplimiento de los T&C, se verifique que El Cliente no cumplió con el plan de acción correctivo definido por TransUnion®.

  • Párrafo I: Salvo para el caso de terminación por mutuo acuerdo, cuando se verifique cualquiera de las demás causales, solo será necesario la comunicación de la Parte correspondiente en la que señale la causal invocada y la fecha a partir de la cual terminarán los T&C.  

Artículo 20. Confidencialidad y reserva de la información:

Las Partes podrán terminar la relación contractual establecida mediante la aceptación de los presentes T&C en cualquier tiempo, sin necesidad de requerimiento previo, en los siguientes casos:

1. Por mutuo acuerdo entre Las Partes.

2. Por incumplimiento de la Otra Parte de las obligaciones contraídas en virtud de los T&C.

3. Por las causales establecidas en la Ley.

4. Se verifique que la Otra Parte está dándole tratamiento a la información sin estar autorizada conforme a la normatividad aplicable y/o para propósitos que no fueron autorizados. 

5. En caso de liquidación obligatoria, judicial o voluntaria de alguna de Las Partes, siempre que la Ley así lo permita.

6. No se logre ubicar por ningún medio de notificación a alguna de Las Partes.

7. Alguna de Las Partes incumpla cualquiera de las obligaciones previstas en la Ley No. 8968 de 2011 y el Reglamento No. 37554-JP y las normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.

8. TransUnion® encuentre que después de ejecutadas las auditorías a El Cliente para verificar el cumplimiento de los T&C, se verifique que El Cliente no cumplió con el plan de acción correctivo definido por TransUnion®.

  • Párrafo I: Salvo para el caso de terminación por mutuo acuerdo, cuando se verifique cualquiera de las demás causales, solo será necesario la comunicación de la Parte correspondiente en la que señale la causal invocada y la fecha a partir de la cual terminarán los T&C.  

Artículo 20. Confidencialidad y reserva de la información:

El Cliente se compromete a mantener absoluta confidencialidad sobre el contenido de los Productos que reciba de TransUnion®, frente a terceros en todo lo relativo a los T&C y reconoce que la información suministrada por TransUnion®, incluye información sensitiva que las prácticas comerciales más sanas recomiendan sea tratada de manera ética y responsable, por lo que El Cliente será la única destinataria final de la información que TransUnion® entregue en desarrollo del presente contrato; en consecuencia, se obliga expresamente a limitar el acceso y uso de la información exclusivamente a aquellas personas que sean necesarias. Siempre que El Cliente suministre a sus dependientes la información que provee TransUnion® en desarrollo del presente contrato, se asegurará del cumplimiento de lo previsto en esta cláusula y, en todo caso, suscribirá con éstos los acuerdos de confidencialidad respectivos. De acuerdo con lo anterior, tomará todas las medidas necesarias para que tales personas cumplan con:

1. Mantener bajo esricta confidencialidad la información sobre propuestas económicas, productos, políticas y procedimientos de TransUnion® a los que acceda en desarrollo del presente contrato.

2. No divulgar la información a la que acceda en desarrollo del presente contrato a terceros sin el consentimiento previo, expreso y escrito de TransUnion®.

3. No utilizar la información a la que tuviere acceso, durante la ejecución del presente contrato o después de su terminación, para el desarrollo, mejoramiento o explotación de cualquier actividad similar a la que desarrolla TransUnion®.

4. No divulgar, emplear, copiar o reproducir la información que provee TransUnion®, para fines distintos a los previstos en el presente contrato, sin importar su finalidad.

  • Párrafo I: Se compromete a tomar todas las medidas necesarias para que sus representantes, usuarios autorizados, agentes, empleados, funcionarios o relacionados de éste que tuvieren acceso a la misma cumplan con el compromiso convenido en este sentido y muy especialmente con las disposiciones contenidas en la Ley No. 8968 de 2011 y el Reglamento No. 37554-JP, sobre Protección de Datos. Se compromete a mantener a TransUnion® libre e indemne de cualquier reclamación que como consecuencia del uso indebido de la información suministrada por TransUnion®, en virtud de los T&C, o violación a la obligación de confidencialidad asumida por El Cliente, iniciare cualquier consumidor que se viere afectado por dicha situación.
  • Párrafo II: El Cliente declara y reconoce que la obligación de confidencialidad asumida mediante el presente artículo, con relación a la información que le será suministrada por TransUnion® en aplicación de los T&C, sobrevivirá la vigencia del mismo, de manera indefinida, debiendo El Cliente mantener el carácter confidencial de la información antes indicada, aun cuando los T&C hayan sido terminados.
  • Párrafo III: Así mismo TransUnion® deberá:

1. Mantener bajo estricta confidencialidad la información sobre políticas y procedimientos de El Cliente a los que acceda en virtud de los presentes T&C.

2. No divulgar la información de El Cliente a la que acceda en virtud de los presentes T&C a terceros sin el consentimiento previo, expreso y escrito de El Cliente.

No obstante lo anterior, la información que sea reportada por El Cliente a TransUnion® se regirá por lo dispuesto en la  Ley No. 8968 de 2011 y el Reglamento No. 37554-JP y las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan y en consecuencia no será considerada como información confidencial. 

Artículo 21. Propiedad Intelectual:

Los derechos de autor del software o aplicaciones sobre la cual está estructurada la información contenida en TransUnion® son de propiedad exclusiva de TransUnion®. De igual manera, todas las invenciones, descubrimientos, mejoras, especificaciones, códigos fuente, códigos objeto, programas, documentación, diseños, métodos, elementos, sistemas, software, escritos, archivos, cuentas de correo electrónico, dominios, bases de datos y en general cualquier material protegido bajo las leyes de propiedad intelectual, marcas, patentes, derechos de autor y secretos comerciales, que TransUnion® haya creado, desarrollado, preparado, conocido, utilizado, diseñado, modificado o mejorado en desarrollo de su actividad, son de propiedad exclusiva de TransUnion®.

  • Párrafo I: Las Partes reconocen que por medio de los T&C y sus anexos, TransUnion® no está realizando disposición alguna sobre la titularidad de los derechos de propiedad intelectual que le corresponden a TransUnion®, las empresas de TransUnion® internacional o los terceros aliados de TransUnion® para los diferentes productos y servicios.
  • Párrafo II: El incumplimiento de lo establecido en esta Cláusula y en la Cláusula de Confidencialidad y reserva de la información, así como la comercialización, duplicación de la información a que dichas cláusulas se refieren, en beneficio propio o de terceros o el uso de software o aplicativos propios sobre información de TransUnion®, dará derecho a TransUnion® a exigir, a título de indemnización anticipada de perjuicios y por este solo hecho, sin necesidad de requerimiento ni de constitución en mora, derechos a los que renuncia El Cliente, suma que podrá ser exigida ejecutivamente, para lo cual los T&C debidamente aceptados tienen el carácter de título ejecutivo, sin que esto impida que TransUnion® pueda posteriormente exigir el reconocimiento de los demás perjuicios que hubiere sufrido y que no alcanzaren a estar cubiertos con la suma mencionada, así como interponer todas las demás acciones judiciales o extrajudiciales que pueda adelantar para la salvaguarda de sus derechos. Todo lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades que puedan corresponderle a El Cliente por la violación o el desconocimiento de las disposiciones legales relativas al derecho de Hábeas Data y las contenidas en la regulación sobre delitos informáticos.

Artículo 22. Evento o incidentes de seguridad de la información:

En caso de pérdida, acceso o divulgación no autorizada, o cualquier tipo de violación a los códigos de seguridad, por la cual se ponga en riesgo información o datos contenidos en TransUnion®, El Cliente deberá notificar por escrito, de forma inmediata, la ocurrencia del evento y/o incidente de seguridad de la información a TransUnion®. Dicha notificación no podrá exceder las veinticuatro (24) horas desde la ocurrencia o conocimiento por parte de El Cliente del evento y/o incidente.

El Cliente deberá investigar el evento y/o incidente de seguridad, y suministrará a TransUnion® información detallada sobre los hechos ocurridos, así mismo, deberá cooperar con TransUnion® en la investigación, con lo cual se obliga a:

  1. Proporcionar a TransUnion®, en caso de ser necesario el acceso a las instalaciones, procedimientos y prácticas de seguridad, documentos, infraestructura, software y personal involucrado en la investigación, con el fin de verificar las condiciones en que se dio lugar al evento y/o incidente de seguridad y su impacto.
  2. Implementar las acciones preventivas y correctivas establecidas por TransUnion®, que sean necesarias para mitigar cualquier riesgo por el cual se comprometa la confidencialidad, integridad o disponibilidad de la información, o que pueda alterar el debido funcionamiento en la prestación de los servicios contratados.

TransUnion® se reserva el derecho de suspender o cancelar en cualquier momento el acceso de El Cliente a todo o parte de los servicios contratados, si El Cliente no cumple con las obligaciones establecidas en el presente artículo, o si sospecha razonablemente que El Cliente está experimentando o ha experimentado un evento y/o incidente de seguridad que ponga en riesgo la información o datos contenida en TransUnion®.

Lo establecido en el presente artículo no reemplaza o exime al Cliente del cumplimiento de otras notificaciones, deberes y/o medidas que deba tomar según lo establecido en la Ley.

Artículo 23. Disposiciones Generales. 

a) Naturaleza de la relación. La naturaleza de los T&C es de carácter exclusivamente comercial. Por lo tanto, del mismo no se deriva relación o vínculo laboral entre las Partes, ni entre El Cliente y el personal asignado por TransUnion® para ejecutar el objeto de los T&C.

b)Transferencias y Cesión. El Cliente no podrá ceder bajo ningún título, total o parcial las obligaciones establecidas o derivadas de la aceptación de los T&C.

c) Divisibilidad. En el supuesto de que cualquiera de los artículos de los T&C fuera declaradas inválidas o nulas, en forma total y/o parcial, por tribunal competente, los restantes artículos permanecerán vigentes en su totalidad.

d) Tolerancia. La ausencia de reclamo de TransUnion® respecto del incumplimiento de cualquier obligación a cargo de El Cliente no podrá ser considerada como aceptación del hecho tolerado ni como precedente para su repetición, ni como renuncia a cualesquiera de sus derechos emergentes de los T&C y/o de las leyes vigentes en Costa Rica.

e) Exclusividad. La aceptación de T&C por parte de El Cliente no genera ninguna relación de exclusividad entre las Partes.

f) No Asociación. La aceptación de los T&C por parte de El Cliente no será considerado como la creación de una empresa conjunta, sociedad de participación o, de hecho, conjunto económico o como ninguna otra modalidad de relación legal, diferente a la establecida de manera expresa en el objeto del mismo.

g) Encabezados. Los encabezados o títulos de las diversas secciones o materias de que tratan los T&C se incluyen sólo para facilidad de referencia y no forman parte propiamente hablando de lo que de manera específica han acordado las Partes en los T&C, ni tampoco deberán consultarse para interpretar las disposiciones de los T&C.

h) Derogación de Acuerdos Previos. Queda expresamente convenido y pactado entre Las Partes que la aceptación por parte de El Cliente de los T&C sustituyen cualquier tipo de acuerdo o contrato previo, verbal o escrito, que hubiese existido entre las Partes con anterioridad a los T&C.

i) Prevención de lavado de activos y debida diligencia. En desarrollo del presente Contrato La Entidad declara que los recursos utilizados para la ejecución de este Contrato y del contrato que celebre con las Afiliadas, al igual que sus ingresos, provienen de actividades lícitas y no incurre en la práctica de actividades relacionadas con delitos como el lavado de activos, financiación del terrorismo y en general cualquier actividad ilícita nacional o internacional

  • Parágrafo: En el evento que cualquiera de las partes llegare a ser requerida por parte de las autoridades a cualquier tipo de alguna de investigación, por delitos relacionados con actividades terroristas y/o con delitos relacionados con el lavado de activos y financiación del terrorismo, ésta será causal suficiente para dar por terminado unilateralmente y de manera inmediata el presente Contrato, sin que por éste hecho esté obligado a pagar algún tipo de penalidad o multa.

j) Anticorrupción: Las Partes convienen prohibir cualquier tipo de pago o transferencia de valor a un funcionario público, representante de autoridades públicas o personas relacionadas con los mismos, familiares o amigos cercanos, con el propósito de influir en relación con la propuesta, con el proceso, o la ejecución del contrato celebrado como resultado de la misma. Las Partes expresan que no autorizarán ni permitirán que ningún empleado directo, persona encargada, contratista persona física o jurídica que haga parte del grupo de empresas relacionadas, otorgue o reciba cualquier tipo de remuneración, transferencia, regalo, beneficio indebido, ni de ningún otro tipo que el destinatario no este facultado a recibir con relación a la negociación o ejecución de este Contrato. Las Partes tienen el deber legal de comunicar a la otra parte inmediatamente suceda el evento donde se evidencie o se sospeche cualquier tipo de acto de corrupción en relación a la negociación o al cumplimiento de este Contrato. 

Parágrafo: Para efectos del presente Contrato se entiende por soborno el beneficio otorgado con la intención de influir en el desempeño de las responsabilidades de una persona para obtener un beneficio o ganancia, ya sea económica o de cualquier otra naturaleza; de igual forma, se considera que la persona que entrega o promete sobornos incurre en corrupción.

k) Solución de Conflictos. Las Partes acuerdan solucionar cualquier conflicto diferencia, disputa o reclamo que pudiera derivarse del presente Contrato o el negocio y la materia a la que éste se refiere, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, por medio del arbitraje de derecho y de conformidad con los procedimientos previstos en los reglamentos del Centro de Conciliación y Arbitraje (CCA) de la Cámara de Comercio de Costa Rica, a cuyas normas procesales las Partes se someten de forma voluntaria e incondicional. Las Partes de conformidad con los artículos 41 y 43 de la Constitución Política de Costa Rica, renuncian en este acto expresamente a la jurisdicción ordinaria y acuerdan resolver el conflicto conforme el siguiente procedimiento: el conflicto se dilucidará de acuerdo con la ley sustantiva de la República de Costa Rica. El lugar del arbitraje será el CCA en San José, República de Costa Rica. En caso de que en el momento en que deba resolverse el conflicto, el CCA no esté prestando los Servicios anteriormente referidos, el conflicto se resolverá mediante un proceso arbitral que se tramitará de conformidad con las leyes de resolución alternativa de conflictos que se encuentren vigentes en la República de Costa Rica en el momento respectivo. El arbitraje será resuelto por un tribunal arbitral compuesto por tres árbitros. Los árbitros serán designados de conformidad con los artículos 26 al 30, según corresponda, todos estos de la Ley de Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social. A falta de designación por una o más de Las Partes, los designará el centro de acuerdo a sus reglamentos.

l) Representación. Ambas partes declaran y reconocen que las personas que actúan en su representación han sido debidamente autorizadas por los órganos corporativos competentes de cada una de ellas para la celebración y ejecución de los T&C y asumir en su representación las obligaciones y compromisos contemplados en el mismo.

m) Validez de los T&C: Si cualquier parte, término o disposición de estos T&C es considerada ilegal, inexistente, inválida, ineficaz, nula, anulable o inejecutable, o entra en conflicto con alguna Ley o norma aplicable a estos T&C, la validez de las partes o disposiciones restantes no se verá afectada por ese hecho y conservarán todas sus fuerzas y efecto, a menos que las partes, términos o disposiciones afectadas sean de tal naturaleza, que se entienda que Las Partes no habrían celebrado estos T&C sin incluirlos. En todo caso, si la ilegalidad, invalidez, ineficacia, nulidad o anulabilidad afecta a las cláusulas esenciales de los T&C, y si de acuerdo con las consideraciones de Las Partes en cuanto a la causa de los T&C, se entiende razonablemente que ellas hubieran elegido un tipo contractual diferente, cuyos elementos esenciales se reúnan en este documento, estos T&C se regirá para todos los efectos por el nuevo tipo contractual.

n) Ausencia de renuncia implícita: El retardo u omisión por parte de TransUnion® en el ejercicio de los derechos y acciones que surjan a su favor por el incumplimiento de El Cliente de alguna de las obligaciones que ha contraído, no podrá interpretarse como renuncia de TransUnion® a ejercitarlas, ni como aceptación de las circunstancias que lo originaron.

o) Firma Digital. De la Ley 8454 “Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos”. Las Partes, libres y voluntariamente convienen y han expresado su consentimiento para firmar la aceptación de los T&C, utilizando un medio no convencional de contratación que tiene la misma fuerza probatoria otorgada a los actos bajo firma privada basado en el principio de la autonomía de la voluntad y de la libertad de contratación y en las disposiciones de la mencionada Ley.

p) Notificaciones. Para todos los efectos legales y contractuales, el domicilio de Las Partes y su dirección para el envío de las comunicaciones que en desarrollo de los T&C deban ser remitidas por una parte a la otra, será:

a. TransUnion®: San José, Montes de Oca, Mercedes, doscientos cincuenta metros oeste de la rotonda de la Bandera, Ofiplaza del Este, edificio B, piso uno, oficina seis.

b. El Cliente, a la dirección registrada por esta en el “Formato de solicitud de Vinculación y actualización de clientes”.

Las Partes podrán modificar su dirección a efectos de notificaciones en cualquier momento, notificando dicho cambio mediante correo certificado a la otra Parte.

Artículo 24. Acuerdo integral y documentos de los T&C:

Los T&C, junto con los anexos y documentos que se relacionan a continuación, constituyen el acuerdo integral entre Las Partes en relación con el objeto del mismo, e invalida cualquier otro acuerdo, entendimiento, correspondencia, contrato o documento previo a la firma de este documento que se haya sostenido o suscrito entre Las Partes en relación con el mismo objeto:

1. Certificado de existencia y representación legal de El Cliente con fecha de expedición menor de 30 días a la fecha de la aceptación de los T&C.

2. El “Anexo de Tarifas” u “Oferta Económica”, así como aquellos que se puedan generar durante la vigencia de los T&C o sus prórrogas, en los cuales se indiquen las tarifas para nuevos productos o servicios.

3. Las Ofertas Comerciales presentadas por TransUnion® a El Cliente.

4. Manual Técnico de Reporte.

5. Formato de Firmas Autorizadas.

6. Formato de solicitud de Vinculación y Actualización de Clientes.

7. Formato de Conocimiento de Clientes.

8. Los demás documentos que se produzcan durante la vigencia de los T&C o sus prórrogas, tales como, los acuerdos futuros a los cuales lleguen Las Partes respecto a condiciones específicas o tarifas por concepto de los servicios y productos adicionales que requiera El Cliente.

Párrafo I: Por medio de los T&C TransUnion® no acepta términos o condiciones que se encuentren incluidos en órdenes de compra u otros documentos adicionales remitidos por El Cliente que no hayan sido debidamente suscritos por TransUnion®. Las Partes acuerdan que tales términos o condiciones no tendrán fuerza ni efecto.

DISPOSICIONES PARA SERVICIOS DE DIGITAL ONBOARDING (SOLUCIONES TRUVALIDATE) 

Para que La Entidad pueda acceder y consumir el servicio de Digital Onboarding (Soluciones TruValidate) que TransUnion® ofrece dentro de su portafolio y que corre en plataformas tecnológicas como DecisionEdge, las cuales contemplan el procesamiento de la información desde data centers que TransUnion® tiene contratados con terceros aliados ubicados fuera del territorio chileno, especialmente en Canadá y Estados Unidos, deberá cumplir con las siguientes Disposiciones (en adelante “Disposiciones DO”): 

A. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

El servicio de Digital Onboarding le permite a La Entidad contar una serie de funcionalidades tecnológicas que buscan reducir el riesgo de fraude y proteger la identidad digital de sus consumidores. Este portafolio de soluciones del servicio de Digital Onboarding puede ser embebido en los flujos de vinculación de clientes de La Entidad a partir de la integración de diversos módulos que La Entidad configura de acuerdo a las necesidades de su negocio. Las descripciones de los componentes del servicio de Digital Onboarding ofrecidos a La Entidad, así como las tarifas asociadas a estos y las especificaciones de funcionamiento y continuidad, se encuentran en las Ofertas Técnicas y Económicas presentadas por TransUnion® y aceptadas por La Entidad la cuales hacen parte del presente Acuerdo.

TransUnion® únicamente sugiere unos parámetros mínimos que deberían ser tenidos en cuenta para la toma de decisiones más acertadas en relación con el tipo de negocio de La Entidad, por lo que no asume responsabilidad sobre la deficiencia que pudiera llegar a presentar el proceso que La Entidad defina relacionado con el servicio de Digital Onboarding. Los resultados entregados por los distintos componentes serán eliminados con una posterioridad de 60 días calendario, La Entidad asume la responsabilidad de almacenar la información procesada y conservarla por el tiempo que corresponda de acuerdo a las actividades que desarrolla.     

  • Parágrafo Primero: En el evento en que entre los componentes del servicio de Digital Onboarding adquiridos por La Entidad se incluya el relacionado con firma electrónica, es de conocimiento de La Entidad que sobre el documento firmado electrónicamente se aplicará un proceso de encriptación y estampado cronológico para garantizar la integridad del mismo.  Agotado el proceso de firmado electrónico sobre los documentos, serán enviados a La Entidad mediante Web Service. TransUnion® únicamente almacenará una copia de los documentos electrónicos firmados en la solución por un año a modo de back up para La Entidad. En caso de existir modificaciones frente a lo mencionado en este parágrafo, estas se establecerán en las Ofertas presentadas por TransUnion® aceptadas por La Entidad.

Los documentos firmados electrónicamente por medio del componente de firma electrónica ofrecido por TransUnion®, tendrán plena validez jurídica y probatoria, de acuerdo con la Ley 8454 “Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos”, normas que reconocen legalmente la equivalencia funcional de la firma electrónica a la firma manuscrita, declarando que tendrá la misma validez y efectos jurídicos que aquella, siempre que a la luz de todas las circunstancias del caso, incluido cualquier acuerdo aplicable, sea tan confiable como apropiada para los fines con los cuales se generó el mensaje de datos, por lo cual, será responsabilidad de La Entidad definir la parametrización de los módulos de autenticación correspondientes de forma tal que sea confiable en atención a los requerimientos de su negocio. 

B.PROCESAMIENTO DE LA INFORMACIÓN A TRAVÉS DE PLATAFORMAS VINCULADAS. 

Teniendo en cuenta que el procesamiento de la información necesaria para los servicios de Digital Onboarding se realiza en plataformas tecnológicas que contemplan el procesamiento de la información desde data centers que TransUnion® tiene contratados con terceros aliados ubicados fuera del territorio dominicano, especialmente en Canadá y Estados Unidos, La Entidad suministrará a TransUnion® o a los terceros contratados por TransUnion® para hacer parte del flujo de procesamiento de la información, los datos personales de los titulares razonablemente necesarios para la finalidad exclusiva de obtener como respuesta el resultado conforme a la descripción de los componentes contratados de Digital Onboarding por La Entidad. En todo caso, la destinataria del resultado obtenido será exclusivamente La Entidad.

TransUnion® procesará, directamente o a través de los terceros que contrate para ello, los datos de titulares que sean suministrados por La Entidad para el servicio de Digital Onboarding, con el fin de llevar a cabo los flujos para la evaluación de clientes respecto de su riesgo de fraude y/o crediticio, y en general para cumplir los pasos previstos para el servicio contratado. Así mismo, TransUnion® utilizará los resultados obtenidos a través del servicio de Digital Onboarding, para elaborar informes estadísticos que puedan evidenciar el desempeño de la herramienta y para efectos de la facturación del consumo realizado por La Entidad. El procesamiento abarca el proceso completo de la recepción de la información, evaluación y entrega de los resultados a La Entidad.

C. OBLIGACIONES ESPECIALES DE TRANSUNION. 

TransUnion® tendrá las siguientes obligaciones especiales en relación con la transmisión de datos a la que habrá lugar:

1. Utilizar los datos personales única y exclusivamente para los fines del presente Acuerdo y guardar secreto profesional respecto a todos los datos de carácter personal que conozca y a los que tenga acceso durante la ejecución del mismo. Igualmente, se obliga a custodiar e impedir el acceso a los datos de carácter personal a personas no autorizadas.

2. Comunicar y hacer cumplir a sus empleados, dependientes, o contratistas, las obligaciones establecidas en el presente Acuerdo.

3. Dar cumplimiento a las Políticas de Tratamiento de Datos Personales de La Entidad que sean dadas a conocer por ésta.

4. Dar cumplimiento a las disposiciones aplicables previstas en la Ley No. 8968 de 2011 y el Reglamento No. 37554-JP y las normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.

5. Salvaguardar la seguridad de los datos personales que le sean suministrados, para lo cual TransUnion® ha dado a conocer las medidas que adopta sobre el particular a La Entidad.

En todo caso LA ENTIDAD brindará la colaboración suficiente y necesaria para que TransUnion® pueda cumplir con las obligaciones previstas en el presente documento.

D. AUTORIZACIÓN DEL TITULAR.

La viabilidad del consumo de los componentes de Digital Onboarding por parte de La Entidad, está sujeta a la obtención de la autorización previa, expresa, informada, inequívoca y suficiente que otorguen los titulares a La Entidad para que pueda consultar, validar y tratar su información de acuerdo con los flujos de negocio definidos para la generación de los resultados establecidos y en cumplimiento del régimen legal aplicable. La Entidad deberá conservar la autorización de tal manera que en cualquier momento pueda acreditarse su existencia frente a eventuales requerimientos. 

Para el caso de módulos como Verificación de Documentos y Reconocimiento Facial, en el evento de ser contratados, La Entidad deberá obtener la autorización expresa por parte del titular para tratar datos sensibles, en este caso sus datos biométricos, en los términos de la Ley No. 8968 de 2011 y el Reglamento No. 37554-JP, así como las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan

Teniendo en cuenta que el procesamiento de la información se realizará desde data centers que se encuentran fuera del territorio nacional, el consentimiento del titular deberá tener el alcance suficiente para que autorice la transmisión internacional de datos personales.

Respecto a la consulta de información relacionada con el historial crediticio de los titulares que se realice a través de los componentes del servicio de Digital Onboarding, esta únicamente podrá perseguir las finalidades descritas en la Ley No. 8968 de 2011 y el Reglamento No. 37554-JP y las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan. En los eventos en que La Entidad en calidad de Usuaria de la Información, pretenda consultar información y no pueda acreditar que la consulta tiene como finalidad una de las específicamente descritas en la norma, deberá certificar que cuenta con la autorización respectiva del titular para acceder a esta.    

 E. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CLIENTE.

Además de las obligaciones contempladas en los T&C, La Entidad deberá:

1. Dar estricto cumplimiento a las demás obligaciones que se deriven del presente Acuerdo de Servicios, de las normas constitucionales y legales aplicables, en especial, las que regulan el derecho de hábeas data y el de información.

2. Obtener y conservar evidencia de la obtención de la Autorización referida en el literal D del presente Acuerdo bajo los términos establecidos en la normatividad aplicable. TransUnion® podrá en cualquier momento solicitar a La Entidad que suministre copia de dicha autorización en el término que considere necesario para atender requerimientos internos de la Compañía o de las autoridades competentes.

3. Procesar la información para los propósitos de los T&C y del presente Acuerdo de Servicios, asegurándose de tomar todas las medidas técnica y organizacionalmente apropiadas para prevenir el acceso y/o procesamiento no autorizado de los datos personales o sin el lleno de requisitos legales, así como su daño, pérdida o destrucción.

El incumplimiento de estas obligaciones hará a La Entidad responsable de cualquier daño o perjuicio debidamente probado que pueda causar por su culpa grave o por dolo a los propietarios de los datos respectivos o a TransUnion®

F. SUSPENSIÓN DEL SERVICIO

se reserva el derecho de suspender o terminar el acceso de La Entidad a algunos o todos los componentes del servicio de Digital Onboarding contratados sin necesidad de previo aviso, en el evento en que TransUnion® de buena fe y a su entera discreción advierta que La Entidad está usando tal solución para fines contrarios a los autorizados por el titular y/o sin contar con las debidas autorizaciones de los titulares para el tratamiento y consulta de los datos personales correspondientes.

G. VALIDEZ DEL ACUERDO DE SERVICIOS.

Las presentes Disposiciones DO y sus anexos hacen parte integral de los T&C respectivos y permanecerán en todo momento con pleno efecto durante la vigencia de este. En caso de conflicto entre los términos de los T&C y las presentes Disposiciones DO, en relación con la prestación del servicio de Digital Onboarding, prevalecerán estas últimas.